El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia hoy en este asunto y lo ha hecho para declarar ilegal cualquier cobro a las empresas relacionado con los derechos de autor, ya que considera que aquellas que utilizan este material (grabadoras, CDs, etc.) no lo hacen como copia privada sino para almacenar datos relacionados con su actividad comercial y/o empresarial.
No obstante, dicho tribunal ha delegado a los estamos judiciales españoles la responsabilidad de hacer cumplir esta sentencia en nuestro país.
La sentencia es la respuesta a una demanda presentada por la SGAE a la empresa informática Padawan, que comercializa CD-R, CD-RW, DVD-R y aparatos de MP3.
Así que ahora le corresponde al Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona decidir si mantiene su postura y hace pagar a Padawan los 16.759,25 euros derivados de la demanda de la SGAE por negarse a pagar el canon por copia privada o hace caso de la recomendación del tribunal europeo.
Los empresarios españoles ya han mostrado su satisfacción con la resolución y, asimismo, desde la Asociación Multisectorial de Empresas de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Electrónica (Asimelec) ya han lanzado a los medios un comunicado mostrando su total conformidad con dicha sentencia.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sigue viendo con buenos ojos el pago adicional por copia privada a los particulares.
Si quieres consultar la sentencia íntegra puedes hacer click en este enlace.
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